de Presupuesto y Haciendas señor Groppo: "Ha hecho La comi sión el anílisis detenido de eadi una de lus leyes en particular ; pero ha aceptado en principio el proyecto enviado por el P. E.
dando uprobación a los decretos reglamentarios y acuerdo de miwistros del Gobierno Provisionil, porque ha entendido que hubiera sido tarea muy grande y de resultados no fructiferos hacer un análisis detenido de esas leyes, algunas de las cuales huhieran significado mucho tiempo de tarea, no solo en el seno de la comisión, que es el trabajo efectivo en estos asuntos, sino que también hubieran requerido muchas sesiones de las Cámaras". Y más adelante hizo constar que "no se ha hecho en esta ley (precisamente la de impuestos internos); - modificaciones de fondo: se han aceptado todos los aumentos, por asi decir, ereados por los distintos acuerdos del Gobierno Provisional", etc.
Puesto a votación en general el despacho de la comisión, fué aprobado.
En el Senado (sesión de Mayo 14 ppdo.», el miembro informante señor Campos dijo, "El pueblo, las fuerzas vivas del país, su comercio, sti industria, st ¿nadería y su agricultura, su economia general, claman porque a la mayor brevedad se dicte la ley de gastos: claman porque se normalice esta situación impositiva, dando a los decretos dictulos por el Gobierno Provisiomel a fuerza legal que les corresponde, para ponerlos en condiciones de acudir de inmediato a su ejecución y exigir su cumplimiento". El proyecto fué enseguida aprobado en general y el art.
1" antes transcripto, sin observación alguna.
Demostrada como queda la validez del decreto dado por el Gobierno Provisional de la Nación el 19 de Enero de 1931, aumentando el gravamen fiscal que impugna el recurrente, solo resta decidir si la ley NI 11.582-de Junio 8 próximo pasado que lo declaró en vigor tienctefecto retroactivo. Es una cuestión resuelta por la Corte Suprema la validez de la retroactividad de las leyes fiscales. Entre otros fallos que así lo establecen en el tomo 161 pág. 270 , la Corte Suprema ha dicho: "El hecho de que una ley impositiva tenga carácter retrowctivo no constituye una inva
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:316
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