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Fallos: 167:153 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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En mérito a ello y a las consideraciones en que se apoya la sentencia del señor Juez Federal, pido a Vuestra Excelencia se sirva revocar el fallo apelado y declarar subsistente dicha sentencia.

Horacio R. Larreta,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Diciembre 23 de 1932.

Y Vistos: .

Los presentes seguidos por la S. A. Buenos Aires Town and Docks Tramways Lid. contra la Dirección General de Ferrocarriles por devolución del importe de una multa — en el recurso extraordinario deducido por la demandada, de la sentencia de fojas 116 pronunciada por la Cámara Federal de Apelación de esta ciudad que, revocando la de primera instancia, declara la procedencia de aquella devolución; y Considerando :

Que basta considerar la naturaleza de las cuestiones pantcadas para convencerse de que el recurso interpuesto ha sido justamene concedido, ya que la parte demandada opuso a las afirmaciones de la actora en cuanto importaban desconocer el derecho de la Dirección General de Ferrocarriles para la aplicación de la multa, otras afirmaciones fundadas en decretos y leyes por virtud de los cuales macia, en su opinión, la procedencia de la multa. Y como la sentencia de la Cámara Federal he resuelto el juicio en contra del derecho fundado por el demandado en aquellas leyes y decretos, es evidente la procedencia del recurso extraordinario, Aun cuando se tratara, en el caso, de la interpretación de la ley local número 2371, como pretende la parte aciora, es lo cierto, que en uso de la facultad

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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:153 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-167/pagina-153

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