dich» producido, dehiendo el acreedor que menciona el señor Juez «le la Pampa, concurrir a este juicio a hacer valer los dereehos que le correspondan sobre esos fondos depositados, Por ello y de acuerdo con el dictamen fiscal de fojas 43.
téngase jor plameada la cuestión promovida por el Juzgado Letrado de la Pampa, y en consecuencia remitanse los amtrerentes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y hágase saber al señor Juez mencionado, a sus efectos, Repóngase En foja. — Santos $, Furé. — Ante mi: Roberio Dávison ViTunco,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 13 de 1932, Suprema Corte:
Fa la ejecnción seguida por el señor Juez de Comircio de esta Capital por don Torcuato Di Tella contra don Andrés Lop.z. sobre cobro de premia agraria, Neguda la estación oports >. ligró exhorto al señor Juez Latrado del Territorio de la Panyci, a fin de que se dispusiera la venta de los hienes objeto de la ejecución, designando al martillero que «debia cfectuar Ye nlasta pública. Reslizada la venta. el señor Juez exhortant: requirió que el producido de la misma fuera trrusferido a su orden, a lo cual no accedió el Juez exhortado, em virtull de mm pedido que le fué formulado por la Sociedad Molinos Fenix. acreedora del ejecutado López, la que alegó tener mejor derecho sobre los fondos depositados, en razón de haber trahado embargo sobre los fondos eel dendor con anterioridad a la constitución de la prenda agraria, En vista de la insistencia eel «dor Juez de Comercio de esta Capital en oltener la transferencia de los fondos resultante del remate efectuado por st orden, se dió por trabada la contienda de competencia y elevule Tos autos a esta Corte Suprema, a li que curresporidr
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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:435
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