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Fallos: 165:349 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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Don Constantino Vassilaqui, contra la perfumeria Hubigant, s0bre oposición al registro de una marca.

Sumario: Desprendiéndose de los propósitos, discusión legislativa y disposiciones de la ley 11,275, que elta es ampliatoria de la ¡ey número 3975, la prescripción del art. 5" es aplicable a las marcas de comercio o agricultura nacionales, y en consecuencia los productos de fabricación nacional en el caso, no pueden usar en sus etiquetas palabras en idioma francés (articulo 5), ni indicar en las mismas como punto de procedencia el que no es real.

Caso: La explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Abril 25 de 1931.

Y Vistos:

Los promovidos por Constantino Vassilaqui contra la sociedad anónima Perfumeria Houbigant sobre oposición al registro de una marca de comercio; y Considerando:

1° Que el actor manifiesta en su demanda de fs. 1 haber solicitado la marca de comercio a que se refiere el acta 124.390, constituida por un conjunto encerrado en una etiqueta en forma de abanico con el borde superior festoneado, en cuya parte superior va la designación de "fleur cn ficur", en el medio un con» jumto de flores y hojas, en una de las cunles está asentada uná mariposa y en la parte inferior la palabra "Oniron" y "Paris".

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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:349 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-165/pagina-349

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