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Fallos: 164:244 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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24 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Marzo 17 de 1952.

Suprema Corte :

La cuestión que se ventila en estos autos se relaciona con la imposición de multa por la presentación del escrito de fs. 1, «in el sellado que fija el art. 32, inc. 16 de la ley 11.290, sosteniendo el recurrente que la inteligencia atribuida al artículo 57 de dicha ley contraría la exención que ha invocado para reputarse eximido de pagar la multa que se le ha impuesto. En atención a elo, considero procedente el recurso extraordinario deducido. (Art. 14, inc. 3, ley 48: art. 6", ley 4055).

En cuanto al fondo del ásunto, ereo que la sanción previst por el art, 57 de la ley 11.290 se extiende a todos los casos en que se eompruebe una infracción en las oportunidades enumers= das en dicho artículo, una de las cuales es la presentación de documentos sin el selado correspondiente.

En su mérito y reproduciendo las consideraciones del dictamen del señor Procurador Fiscal de Cámara, pido a V. E. la confirmación de la resolución apelada.

Horacio KR. Larreta.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Marzo 28 de 1932.

Y Vistos:

Atento lo dispuesto por el art. 32, inciso 16 de la ley 11.290.

y la sanción penal estabecida por el art. 57 de la misma; y de conformidad con lo preced:ntemente dictaminado por el señor

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:244 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-244

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