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Fallos: 163:364 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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Sociedad Anónima Sud Americana Val Berkel contra don Josó Marti, sobre cobro ejecutivo de pesos. Dilipenciamiento de exhorto, Sumario: Para que un exhorto dirigido por autoridades nacionales a autoridades de provincia, o nacionales fuera de su jurisdicción, pueda diligenciarse, no se requiere más requisito que la firma del Juez y el sello del Juzgado respectivo.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :


AUTO DEL JUEZ DE PAZ
Avellaneda, Noviembre 17 de 1931.

Tratándose del bien afectado a la prenda que se ejecuta, pongase el mismo en posesión del martillero, y a sus efectos, Tihrese al señor Juez de Paz de General Pico, en la forma pedida.

el exhorto que se solicia. — F. G. Ortiz, — Ante mi: J. Ohaco,
AUTO DEL JUEZ DE PAZ
General Pico, Diciembre 24 de 1931.

Por recibida en la fecha, el presente exhorto del señor Juez «e Paz de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, vuntva a su pro» eodencía, significandole al señor Juez, que no es posible darle curso por estar establecido que debe dirigirse al señor Juez Letrado de turno, en el Territorio, para que este magistrado, a str vez, se dirija al suscripto, Sirva el presente de atento oficio de remisión.

4. Ponce de León.

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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:364 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-163/pagina-364

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