el otro fecha Octubre 15 del mismo año á pagarse el 98 de Febrero de 1881 por la sumo de 7900 pa. me. ° Estos. pagarés estan endosados por Blekcher y C'°. Á Ja órden de De, Paulina Férro, encontrándoso enmendado el tómbre de esta señora.
El endoso contienela claúsula siguiente: « Hacemos esle endoso al Se. Ferro bejo la espresa condicion, la cual atepta llanamente que núnca podrá vulver sobre nosotros por el pago de la suma qué espresa este documento, El Juzgado de 1° Instancia, apercibidu de la enmendatura que contiene el endoso ordenó que los endosantos se ratificaran en forma en esa parte.
Heoba la ralificacion,. y contestado la demanda por el allacea de la lestamentoría y porel Ministerio de menores que exijieron: la justificación del crédilo, so puso la causa 4 prueba.
En este estado y con fecha 31 de Julio de 1872, D', Paulina Ferro pidió vta del espediente para solicitar lo que correspondiera, lo que se proveyó de conformidad.
Cha estos antecedontes, y una partida de bautismo espodida por el Cura de Arrecifes y legalizada por el Juez de Paz; en que se espresa que D', Paulina Forro nació en 2 de Enero de 1858, D. Francisco Amadeo por dicha Sra. s6 presentó al Juzgado de Seccion esponiendo: que la ratificacion hecha por Blekehar y C+. importando el reconocimien la dela deuda, dé el curácter de ejeculivo al orédito contra dichos Seca. Esplieando 6l orijen de los pagarés dice: que en 1860 Blekcher y C°.. en pago de un crédilo que tenia contra ellos la sucesion Ferro, le emdosaron 4D°. Paulina única heredera los pagarés mencionados. Que ese endoso mé nulo porque se hizo 6 Favor de una menor, como so comprueba por la partida de bautismo acompañada, Que en consecuencia lá accion no debió dirijirse contra la su
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:411
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