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Fallos: 16:253 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Falle del Jues de Bescion Buenos Aires, Marzo 19 de 1875.

Vistos estos aulos dé tercería de mejor derecho, iniciados por Hadaraco é hijos, contra Pini y Roncoroni, en la ejecucion que sígue contra D. Vicente Davalá y de que resulta : ! 19 Que iniciado juinio ejeculivo por loa señores Pini y Roncoroni contra D, Vicente Davalá y embargados y vendidos. los búques «Arturo» y «Africano» hipolecidos 4 eso crédito, se presentó Badaraco y Huos, alegando mejor derecho por el cobro de las cuentas que corren de fa. 171 4475 por valor de 82,225 $ 4 rls. m/o,, diciendo haber sido suminin> trados esos artículos para la construccion de los buquos vendidos y alegando el. privilegio correspondiente.

20 Que corrido traslado. al ejecutado y ejeculante, el apoderádo del primero, dice ignorar la verdad' de la cuenta é, inversion de los materiales y pide la prueba; y el ejeculanto sostiene ser falsa la inversion de las partidas de la- cuenta letra DB, que corre def. 21 4 23, en la construccion de los buques vendidos, y pide que Badaraco justifique la cuenta en todas sus partes.

de Queel Juzgado abrióla causa á prueba, 4 F, 20 sobre la verdad de la cuenta de f, 417, y siguiontes: y sobre la inversion que so hubiera dado 4 los artículos en'esta 030 tenidos.

A" Que sobra él primer punto se ha rendido : 1" el recomociiniento del apoderado da Davalá 4 f, 128; 2" el reconocimiento de éste 4 f. 178 con la limitación de 5.500 $ mjc.

f 175; 9" la declaración de Jaime Jauri, 61.59, 4 quien dice constarle la verdad de la cuenta, como sacada de libros de Badaraco, que llevaba enionces;

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:253 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-253

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