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Fallos: 15:169 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Por estos fundamentos, fallo, absolviendo á Don Juan Etchepar de la demanda en todas sus partes. Y por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, así lo pronuncio, mando y firmo en la ciudad de San Miguel de Tucuman en el año, mes y dia arriba espresados. Hágase saber y repónganse los sellos:

Ayustin Justo de la Vega.

Habiendo apelado la parte de Carranza se dictó el Fallo de ta Suprema Corte.

Buenos Aires, Julio 16 de 1874.

Vistos: por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja ciento setenta y siete vuelta, y satisfechas y repuestos los sellos, devuélvanse.

SALVADOR M° DEL CARRIL.—-FRANCISCO DELGADO. —JosÉ Barros Pazos.—
J. B. GOROSTIAGA.—dJ. DOMINGUEZ,
e E Y 12

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:169 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-169

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