Don Adolfo Tamborino. — Recurso de habras corpus, Sumario: No procede el recurso de habeas corpus deducido en favor de un ciudadano agregado a un regimiento de infantería y remitido a un hospital militar por disposición del jefe del distrito correspondiente y orden del Comandante de la división respectiva, por existir dudas respecto a la legalidad de la excepción que por inhabilidad física le fué acordada. (Artículo 635, inciso 1° del Código de Procedimientos en lo Criminal).
Cuso: Lo explican las piezas siguientes :
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Rosario, Junio 25 de 193 Autos y Vistos:
El recurso de habeas corpus deducido por don Adolfo Tambornino en favor de su hijo Adolfo Anibal Tambornino, de la clase de 1905, matricula 427, Distrito Militar 34.
Y Considerando:
Primero: De autos resulta que el ciudadano Adolfo Tam- N hornino ha sido agregado al Regimiento 11 de Infantería por disposición del señor Comandante de la División con el objeto de que se le practique un nuevo examen médico por haber dudas acerca del primero que se le hizo en el Distrito Militar 36, con fecha 25 de enero último y del que resultó inapto.
Segundo: De acuerdo a lo informado por el señor Jefe del
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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:67
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