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Fallos: 147:199 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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comprarlo, tenía el derecho de fijar la ubicación de los sobrantes con tal que los dejara sobre un costado del terreno y en superficie continua sobre toda su longitud.

El 14 de nociembre de 1873, don Patricio Peralta Ramos se presentó al gobierno de la provincia de Buenos Aires, pidiendo la autorización necesaría para formar un pueblo que se denominaria Mar del Plata, en un terreno de su propiedad, situado en el partido de Balcarce y que debía ser asiento de las autoridades de ésta sobre el puerto conocido por Laguna de los Padres y que llamaba Mar del Plata. Expresaba que se había consagrado a la formación de este pueblo desde hacía años y hacía siete que permanecía en él: que, no se trataba de un pueblo a crear, sinó formado. Elogiaba las condiciones del clima, la feracidad del suelo, hacía resaltar la ventaja de la estación próxima de los lobos marinos, de la abundancia de la piedra caliza y tierra hidráulica, del trigo que alli se produce, del puerto natural, frecuentado por buques, explicaba que existia un saladero, un muelle de fierro, un molino de agua e iglesia de piedra y cal, botica, panadería, herrería y zapatería, etc., estaba listo el colegio municipal, había más de veinte casas de piedra, madera y ranchos ocupados por negocios, ete. Se proA ponía delinear, amojonar y nivelar un pueblo de cien manzanas de cien varas por costado cada una, divididas entre sí por calles de veinte varas de ancho las comunes y cuarenta las principales y de circunvalación, rodeado por quintas y chacras que tuviera en su totalidad una área de dos leguas y un quinto de otra. Ofrecia donar grrtuitamente otorgando escritura, el terreno necesario para edificios públicos; cementerio, iglesia, municipalidad, hospital, escuela, juzgado, no pudiendo en ningún tiempo ni caso, dársele otra aplicación. Pedía el monopolio del transporte por riel en el terreno destinado al pueblo, Favorablemente acogida la proposición por el Departamento Topográfico, fué paeda a la Municipalidad de Balcarce que informó a favor y después el fiscal de Estado, quien formuló

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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:199 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-147/pagina-199

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