juelas. Don Jacinto Peralta Ramos, que había comprado su parte a tres hermanos, formó con la suya cuatro hijuelas, o sean cinco mil cincuenta y cuatro hectáreas, diez áreas, cuarenta centiáreas, que fueron ubicadas en dos fracciones: la primera, de cuatro mil seiscientas veinticuatro hectáreas, treinta y tres áreas, diez centiáreas, dando frente al mar por el Sud Este; la segunda, de cuatrocientas veinte y nueve hectáreas, setenta y sicte áreas, treinta centiáreas, sin lindero al mar.
Y a don Patricio Peralta Ramos se le entregaron dos mil noventa y siete hectáreas, veinte y siete áreas, noventa centiáreas sobre el Cabo Corrientes, con frente a la mar en su costado Sud Este, lindando al Nor Este con don Eduardo Peralta Ramos, al Nord Oeste con don Juan Barrciro y al Sud Oeste con don Narciso Martínez de Hoz y se le adjudicaron en Lobería Chica, noventa y ocho hectáreas, setenta y cuatro áreas, treinta y una centiáreas que le fueron ubicadas lindando por el costado Nord Oeste con quintas y manzanas dei pueblo, por cl Nord Este de frente con la mar, por el Sud Este de frente con la mar, y por el Sud Oeste con don Luis Peralta Ramos. La operación comenzada en 8 de octubre de 1876 y concluida en enero de 1878, fué aprobada por el juez de la sucesión, previo informe del Departamento Topográfico, el 16 de octubre de 1878.
Antes de haberse aprobado la mensura, el 10 de junio de 1878, don Patricio Peralta Ramos vendió a don Juan Barrcito Bavio las dos fracciones que le correspondieron en el juicio sucesorio de doña Cecilia Robles. Según el instrumento de venta otorgado en esta ciudad ante el escribano don Emilio Morales, la venta comprendia: "dos fracciones de terreno de campo, situadas en el partido de Balcarce, antes Mar Chiquita, paraje denominado Laguna de los Padres, campaña de esta provincia; la primera fracción se compone de una área de 1242 cuadras cuadradas, o sean 2095 hectáreas, 75 áreas y 20 centiáreas y se halla dentro de los linderos siguientes: por el frente
Compartir
67Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1926, CSJN Fallos: 147:204
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-147/pagina-204
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 147 en el número: 204 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos