FALLO DE LA CORTE SUPREMA (1) Buenos Aires, Septiembre 15 de 1028 Y vistos:
Resultando: 1 Que don Enrique Alió, en representación de la provincia de Buenos Aires, se presentó ante esta Corte el 13 de mayo de 1924, entablando contra doña Matilde Luro de Mezquita demanda de reivindicación de un terreno situado en el litoral marítigo de la ciudad de Mar del Plata, partido General Pueyrredón, contiguo a la manzana 107 del plano oficial, limi.
tando, según él, por el Nor Este con la prolongación de la aveRida Pedro Luro: por el Nord Oeste con la manzana 107 y parte de la calle Entre Ríos; por el Sud Oeste con la prolongación de la calle San Martín y por el Sud Este con más terrenos fiscales de la costa marítima, y cuya superficie aproximada es de cinco mil metros, Acompaña a ésta el plano de fojas 1.
2" Que funda la acción que entabla, en que el terreno en cuestión pertenece al Estado provincial, estando consagrado su dominio en la ley de fondo, extremos que ofrece probar si los negare la demanda, y cita en su apoyo los artículos 2342, inciso 1, 2353, 2354, 2355, 2356, 240, 2438, 2439, 2572, 2759, 2758, 2772, 2771 y concordantes del Código Civil (fojas 2 a 4).
3 Que justificada la personería del señor Alió, como representante de la provincia de Buenos Aires, y la competencia originaria de esta Corte, se confirió traslado a la demandada, quien representada por el doctor Ricardo Cranwell, pidió antes de evacuarla, que la municipalidad de General Pueyrredón fuerr citada de evicción, por ser ella quien le vendió el terreno que se le reclama (fojas 4 a 8 y 10 a 15). d 4 Que acusada rebeldía a la municipalidad por no haherse presentado en autos, a pesar de haber sido citada (fojas 14
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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:157
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