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Fallos: 146:426 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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mo que le hubiese sido denegado, y 10 haberse llenado tampoco, los requisitos exigidos por el artículo 15 de la ley número 48, — En doce del mismo la Corte Suprema no hizo lugar al recuro de revisión interpuesto por Juana Maria del Castillo, condenada a sufrir la pena de penitenciaria por tiempo indeterminado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 4189 y 59 del Código Penal anterior, como autora del delito de homicidio, perpetrado en la persona de st esposo José Muñoz, en razón de que la revisión solicitada ningún beneficio le reportaria, dado que el mismo delito encuadra en el artículo 80, inciso 1.? del Código Penal en vigor, que castiga con reclusión perpetua al que matare al ascendiente, descendiente o sónyuge, sabiendo que lo son.

Con fecha diez y seis no se hizo lugar a la queja deducida por doña Trma Pilz de Bunge y don Hermann Heininger, en autos con la Municipalidad de la Capital, sobre reivindicación. por aparecer de la exposición de los recurrentes, que la decisión apelada se había limitado a imerpretar preceptos de derecho común, eplicando, en el caso, lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Procedimientos de la Capital, lo que es ajeno al recurso extraordinario, de acuerdo alo que prevé el artículo 15 de la ley «18.

En la misma fecha no se hizo lugar, igualmente, a la queja deducida por doña María Godoas de Robirosa, en autos con doña Vagusta Testoni de Zamboni, sobre ejecución Lipotecaria, por resultarde los propios términos en que la queja se fundaba, que la resolución recurrida, no reunía los requisitos exigidos por el ar ticulo 14 de la ley 48, esto es, la sentencia definitiva que ponga

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Año: 1926, CSJN Fallos: 146:426 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-146/pagina-426

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