lación en lo Criminal y Correccional que fundada en razones de hecho y de prueba, e interpretando y aplicando una ley incorporada al Código Penal (la 11.309), resuelve la causa dictando el sobreseimiento provisional en la mis:na, 3" El sobrescimiento provisorio no es por su naturaleza, ni por sus efectos, la sentencia definitiva a que se refiere el artículo 6," de la ley 4055.
Caso: Lo explica el siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Marzo 10 de 1926 Vistos y considerando : 
Que la cuestión planteada y debatida en este juicio, versa sobre si el recurrente, Nicolás Calandriello, estaba o no autorizado para expender éter sulfúrico sin receta médica, no siendo para usos industriales, en atención a que se trata de un narcótico, según informe del Departamento de Higiene (fojas 36), y a lo dispuesto por el artículo 1." de la ley 11.309 reformatoria de los artículos 204 y 205 del Código Penal, e incorporada a éste por consiguiente, Que el Juez de Instrucción resolvió el caso decretando el sobreseimiento definitivo en virtud de la resolución del Poder Ejecutivo de fojas 64, que autoriza la venta de dicha sustancia para usos industriales, no obstante .que el Procurador Fiscal había pedido el sobreseimiento provisorio "por cuanto la prueba " de autos deja en pie dudas acerca de la circunstancia de haber " ignorado aquél, que la persona a quien le vendió el éter sul" fúrico, lo emplease como narcótico" (fojas 53 y 66 vuelta).
Que apelada esta resolución por el Procurador Fiscal para —" ante la Cámara en lo Criminal y Correccional, ésta la revocó
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Año: 1926, CSJN Fallos: 145:433 
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