Buenos Aires, Octubre 21 de 1975 Vistos y Considerando:
Que los demandantes, señores Zacarías Marioni y hermano, constructores del edificio destinado a las oficinas de la Aduana de la Capital, reclaman en el presente juicio la suma de seteña y un mil novecientos setenta y tres pesos con cuarenta y cinco centavos moneda legal en concepto de intereses correspondientes a la demora por parte del Gobierno de la Nación, en el pago de os certificados parciales por trabajos ejecutados en dicha obra, Que al efectuar el cómputo de lo reclamado, los actores deducen la suma de nueve mil setecientos diez y nueve pesos cuarenta y un centavos que el Poder Ejecutivo les reconoció . y abonóa título de intereses por el tiempo que había demorado el pago del certificado de liquidación y la devolución de la garantía del 10 por ciento.
Que la reclamación de los demandantes se funda en lo dispuesto en el artículo 64 de la ley de Obras Públicas núm. 775» . que dispone lo siguiente: "Si el Poder Ejecutivo retardase los pagos por más de 30 días después de ls fechas en que, según el contrato, deban hacerse, el contratista tendrá, además, derecho a reclamar intereses a la tasa fijada para las letras de Tesorería. Si el retardo fuese causado por el cúntratista, por reclamaciones sobre mediciones u otras con motivo de la obra
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Año: 1926, CSJN Fallos: 145:33
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