N fueron liquidados por la Contaduria General de la Nación en la suma de S 2.571.34 min., crédito que se halla pendiente de la sanción del H. Congreso, a mérito de haberse solicitado fondos para el p:go de diversos créditos correspondientes a ejercicios vencidos, según resulta del informe de ís. 20 (expediente administrativo agregado).
Que por decreto del P. E. de diciembre 23 de 1920, se trasladó como jefe de policia al territorio de Kio Negro al de igual clase en Neuquén, don Alejandro Benavidez, nombrándose en su reemplazo a don Federico Spurr.
Que atentas todas estas circunstancias cabe declarar, como acertadamente lo hace el señor Juez "a quo" que Martiniano D. Cejas dejó de pertenecer a la Administración Nacional el 22 de diciembre de 1920, como expresamente resulta de la resolución ministerial corriente a fs. 1.4 del expediente administrativo.
Que teniendo liquidados sus sueldos hasta el 18 de febrero de 1920, corresponde declarar de Jegítimo abono los sueldos como jefe de policia del territorio nacional de Río Negro desde esa fecha hasta el 22 de diciembre de ese año, ey que fué reemplazado, Por ello y sus fundamentos, se confirma en todas sus partes la sentencia apelada de fs. 63, con las costas de esta instancia. — José Marcó, — Marcelino Escalada. — T. Arias. — BR. A. Nazar Auchorena, — J. P. Luna.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 12 de 1925 Vistos y Considerando:
Que el recurso de milidad fundado en defectos y omisiones del fallo recurrido carece en el caso de verdadera consis
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:164
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