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Fallos: 14:129 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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solvió en esta última fecha dirijir una peticion á la Cámara Legislativa de la Provincia pidiéndole la reconsideracion del decreto mencionado.

En la peticion la Municipalidad decia que sin dejar de conocer que el contrato tenia toda la fuerza de una ley, no obstante la Municipalidad, fundada en las razones de conveniencia pública y de interés del municipio, y en la lealtad con que desempeñaba su mandato, creia deber pedir la reconsideración de dicha ley en mérito de las razones que espuso. , :

La Legislatura decretó : « Santa-Fé, Agosto 26 de 1869, e vuelva á la Municipalidad para que, usando de sus dee rechos en tiempo y forma, proceda como mejor cre« yese conveniente á sus intereses. — Lopez, — José María € S. Echagie, Secretario, » En 31 de Agosto del mismo año, D Leopoldo Roechi, estrangero, se presentó ante el Juez Federal del Rosario esponiendo que la Municipalidad, en abierta rebelion contra los poderes públicos de la Provincia, se obstinaba en desconocer sus deberes, negándose á dar cumplimiento á lo sancionado por la Legislatura y mandado cumplir por el Ejecutivo, por cuya razon habia protestado contra los municipales por los daños, menoscabos y perjuicios irogados y que en adelante se le irogasen. Que los municipales habian llevado su terquedad hasta el estremo de pedir reconsideracion á la Legislatura, y cerciorados de la inutilidad de este paso por el resultado obtenido, habian hecho renuncia de sus cargos, la cual les habia sido aceptada por el Gobierno, quien habia ordenado que el Presidente de la Corporacion, asociado á los pocos municipales existentes, funcionara con todas las facultades que á la Municipalidad le acordaba la ley de su creacion. Que en esta virtud entablaba formal demanda

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:129 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-129

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