Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 138:236 de la CSJN Argentina - Año: 1923

Anterior ... | Siguiente ...

e tone hay, pres, cometimeña de tres hechos comenrrentes acer e + Be jemicile de la cittarite de esta «tecsión: »i monifesta de velmtul al promover la intilitoría en Septiembre de Ptc el otorgar iento del perder em Junio de man, y el fallect mento em Jimi ¿de mer, Deetiros que desviestran ue. pur do weno, desde La primera de Las fechas imicidas luasto E ide =t ente, la «eÑora de Mutimerría ha vivido en esti citdad, em da cafe y MTmero preciados Ñ te. edemas de los antecedentes emnmeraddos, correspromee b tner eo mento, a-imiemo, la pruela testimonial de fojas 11 12, Te-pectivamonte. de los amos «tccioriós de esta Capital k te Les de intilitoria, ast como la circmistancia de que aquí De bon predado, em la casa que talitabe la «de cujme,

4 Que la residencia de la cammante e esta Capital desde el De o Teto el momento de + fallecimiento es inmegalre, > lo es. adimieno «ue l residencia fre habitual y con áni "We de permanecer en ella, pues aparte del hecho mismo, existe E ee este permito manifesta ión explicita ee volmmiad de la cit y et el pde y escritos promoviendo intribitoria, "Que según Jo dispone el articulo 3284 del Código Civil, la y orteheción mbre la sticeston corresponde a Jo- jueces del últiA mo domicilio del difunto + Fallas, tonto 135, púgima 240. emre meso, +ique preda Modificar la aplicación de este precepto Lo nu -

Es | ,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

75

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1923, CSJN Fallos: 138:236 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-138/pagina-236

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 138 en el número: 236 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos