e vd entes con it españo en Avellameda, Provincia de Muenos De bres. Este cs un Becho comprobado.
D Pero a partir del año 100, se trastado a Iitenos Aires, e von amino de cambiar de domicilio, habitando en la enile Cevaer Nos 1083, donde falleció, A Vi Jo manifie-ta ella expresamente ent si escrito de fojas 3 "a del expediente agregrudo por merda floja, "Tellechea de Mutis a serra. «ta Serafina, solicitando inhibitoria".
3 Esta manifestación «Lo =0 volmtad de comiiar de domi a cite, cmuyañad de = tradación efectiva + declaraciones de  testigo= de fojas 12, de hos miss autos. y fojas 11, amos E memorias de la Capital, és «nficiente a los fines del artci E lo 7, parrafo tercero del Coligos Civil, que dice: "El cambio de 1 emitió se verifica Istamáneameme por el hecho de la trastae: ción de La residencia ¡le un lugar aotro, com ánimo de perma" necer enel y de tener allt ir principal establecimiento",  E Vte= Joer, ha ratificado = demícila en documentos pr o Dios posteriores 4puler de Perrone, fajas 2. autos de Ll Ca— pita" + e En mato a «tu cambio de domicilio de Avellancia 4 Bue ES no Vires. a cattame prnlo hacerlo atemo lo dispuesto pur el cnt me meteo 1, pare final «que dice: "La vímba come r cera el deomientio «ue tuvo =i marido, mientras o se establezón e. ear otra parte", o Tontas estas comsideraciones me inducen a opirmar que el E erro dimiestio de la eamsinte fue en la Capital de la Nación, Un ntrespecilicmdo, por ello, al juez de la misma comocer en la  stes, de senendo cm la doctrina adoptada por el Contigo y Cevit mas articulo 124 citado Horacio R, Larreta, | ;  
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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:234 
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