UB JUSTICIA DE LA NACIÓN 927 Don Adolfo V. Laden y otros cn autos con don Pedro Bozzo, sobre usurpación de patente de invención. Recurso de hecho Sumario: No procede el recurso extraordinario del articulo 14, ley 48, contra una sentencia que lejos de desconocer o contrariar las disposiciones de los artículos 4 y 44 de la ley número 111, reconoce expresamente. en principio, el derecho que elias confieren, y que si bien liega a conciusiones adversas a la tesis del recurrente, lo hace a mérito de consideraciones de hecho que no pueden ser revisadas en el mencionado recurso.
Caso: Lo explican las piezas siguientes: :
DICTAMEN DEL SÉÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 15 de 1022 Suprema Corte:
Todos los fundamentos en que se basa la sentencia de fojas 41t para hacer lugar a la presente demanda deducida por don Pedro Bozzo contra Adolfo V. Laden y otros sobre usurpación de Patente de invención y defraudación, tramitada ante el Juzgado Federal de La Plata (provincia de Buenos Aires», m_ de orden probatorio, relativos a hechos cuya apreciación, fiiada por el tribmal apelado, no puede ser revisada por la Corte Suprema en el recurso extraordinario de derecho federal interpuesto, porque escapa a su jurisdicción ( Artículo 13 de la y ley pi.
Por ello, y por las consideraciones aducidas por la Cámara Federa! « fojhs 453 3! denegar la apelación, soy 4 opinión que el recurso interpuesto es improcedente, Horacio K. Larreta.
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Año: 1922, CSJN Fallos: 137:327
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