Pon Jaim: Vieyra, hijo, en-'os autos sucesorios de su padre, don Jaime Vieyra, incidente sobre remoción: de la admi.
aistradora. Recurso de hecho.
Sumario: La decisión judicial que declara que el concursado se encuentra legalmente representado por el sindico a los efectos de la defensa de derechos patrimoniales ingresados al concurso, no puede decirse que vulnera la garantia de Ja defensa en juicio, aso: Lo explica el siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA ; Buenos Aires. Noviembre + de 19::
Autos y vistos: Lir decisión judicial que declara que el concursado se encuentra legalmente representado por el sin dico a los efectos de la defensa de derechos patrimoniales in gresados al concurso, no puede decirse que vulnera la garantia de la defensa en juicio, pues resuelve una cuestión procesal —- enya solución no depende de la inteligencia que se atribuya al articulo 18 de la Constitución, desde que ésta no impide que la defensa en juicio sea reglamentada en interés de la correcta snbstanciación de las cansas o en defensa de los legítimos in fereses de los acreedores del concursado.
En su mérito se declara no haber lugar a la queja deu eida. Notifíquese y repriesto el papel archívese, : A. BrrmEJO, — NICANOR €. DES, Sonar, — J. Ficueros AL.
corra. — Ramón Ménpez.
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Año: 1922, CSJN Fallos: 137:258
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