cia definitiva en el juicio de referercia, no aparecia que se hubiera imerpuesto recirso algino que le hubiese sido «denegado.
En la misma fecha y de conformidad con la pedido por el señor procurador ¿eneral, se declaró bien denegado el recnreo de hecho deducido por la Sociedad O. Bemberg y Cía, en atitos con la secesión de don Juan Bautista Médici, sobre cobro de multas, por tratarse de un juicio de apremio para hacer efectiva una multa impuesta al recurrente por la cámara primera de apelaciones en lo civil de la capital, y además, porque 14 reiterada jurisprudencia del tribunal hay establecido que no tiene carácter de definitiva a los fines del recurso extraordinario, una semencia dictada en juicio de apremio, Don Lorcuzo Basate en vntos con don Ernesto Petrucci.
sobre cobro de pesos. Recurso de hecho Sumario: El argentino, vecino de la capital federal, deman dado arte los tribunales ordinarios de esta, por un extranjero, vecino de una provincia, no puede invocar el fuero federal por distinta nacionalidad o vecindad.
Caso: Lo explicar las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
 : — Buenos Aires, Marzo 17 de 14. 
Suprema Corte:
De la exposición que hace el interesaulo precedentemente y de las centencias transcriptas por el mismo se deduce la improcedencia de esta queja,
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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:350 
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