Que la semencia que ha metiva to la queja deducida, se funda en que las etiquetas usadas por el recurrente tienden a establecer semejanzas con productos similares, con propositos de competencia desleal y en contra de do ya establecido en fallos ejecutoriados.
Que en consecuencia la resolución apelada se basa en Emulamentos de hecho y ale derecho común extraños al presente recurso. alos, tomo 128, nágina 370, entre etrast, lo que es hastamte para «terminar la improcedencia de la queja de eueida, Por ello, y aterto lo expuesto y podido en el dictamen de fojas 24 se declara bien denegado el recurso. Notifíquese y repuesto el papel arehivese. Devuclvanse al tribunal de pro.
eeiencia los ateos venidos a requisición del señor precuraa dor general, con trameripción de la presente.
A. Preuirjo, — D, E. Panico. =1 Ficrerros Atcorta, — Ras sóN Méxnrz.
Pon Carios Megas PDevidacn, cn antos con la Dirección Gr neral de Murigración, sobre cobro de melta, Recurso de hecha, Sumario: No tiene carácter de sentencia definitiva denegatoria «e derechos que prubiera hacer valer por vía del re enrso estraordinario del articulo 14, ley 48, wma resoTución de una cimara federal que se circunseribe a de larar «que dos 1riburales federales carecen de jurisdicción apelada para eomocer en ta resolución promonciada por la Dirección General de Prenigración, y que las pe
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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:324
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