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Fallos: 13:409 de la CSJN Argentina - Año: 1872

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condóminos entre quienes no existe solidaridad; que desisliendo por lo tanto á nombre de D° Emma reservándose hacer uso de sus derechos ante la justicia provincial, insistia respecto á D' Sofia y Doña Ruth Pousset para la competencia del fuero nacional; que por último la cuestion actual no es un incidente de la testamentaria Pousset, ni puede rejirse por otras leyes que por las del lugar del bien raiz materia del litigio.

Fallo del Juez Seccional.

Buenos Aires, Abril 28 de 1873.

Vistos y considerando: 1° Que el presente caso solo puedo caer bajo la jurisdiccion federal por razon de las personas interesadas en él, esto es, ó por ser entre estrangeros y ciudadanos, ú entre vecinos de diferentes Provincias pues no versa sobre punto rejido por la Constitucion ó las leyes del Congreso, sinó se trata puramente de un asunto meramente civil como es la nulidad de la venta de una finca situada en esta Provincia, y como tal sujeto á la legislacion comun ; 2" Que en el caso de tratarse de negocio judicial en que son parles estrangeros por una parte y ciudadanos por la otra, es indispensable que, habiendo varios que pretendan el mismo derecho, sean todos estrangeros 6 hijos del país, con arreglo á lo dispuesto en el art. 10 de la ley nacional de 14 de Setiembre de 1863 sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales de la Nacion; 3" Que en el presente caso deducida la demanda como si lodos los demandantes fuesen ciudadanos estran

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:409 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-409

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