DE JUSTICIA DE LA NACION 251
CAUSA LAI
Pula instituyendo obispo de la diócesis de Salta a monseñor José Gregorio Komero Siario: Corresponde conceder el pase de una bula pontificia que no se opone a las prerrogativas — constitucionales y a los derechos de patronato nacional que ejerce el gobierno de la Nación, Caso: Lo expican las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL 35. PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 30 de 1914.
Suprema Corte:
Oportunamente propuesto a la Santa Sede, por el Poder Ejecutivo, el doctor José Gregorio Romer: , para Obispo titular de la diócesis de Salta, Su Santidad Henedicto XV le ha instituido como tal por medio de la bula que antecede.
Ese documento reviste todos los caracteres de la autenticidad, y contiene expresamente el nombramiento que hace, con las reservas propias de la autoridad eclesiástica que la dicta, subordinado todo ello y como corresponde, al patronato que el Gobierno de la Nación ejerce, como atributo de su propia soberanía, en consonancia con los articulos 67, inciso 19, y 86, inciso 8, de la Constitución y sin perjuicio de los respetos que se merecen los actos de la alta dignidad eclesiástica de la Santa Sede.
En tales conceptos, pues, y teniendo en cuenta que se ha satisfecho plenamente lo prescripto por el art. 86, inciso 8, de la Constitución, procede a mi juicio que, con arreglo al inciso 9 del
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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:251
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