—e: ua PALLOS DE LA CORTE SUPREMA " e CAUSA COXNRVII Don Alfonso Aust contra la provincia de Buenos Aires, por E cumplimiento de contrato, sobre competencia.
y Sumario: La constitución en un contrato, de un domicilio espe cia! para todo lo que se refiera a las obligaciones derivadas de aquél no importa, aun cuando dicha enunciación hubiera sido hecha para todos los efectos del mismo, una renuncia del fuero federal con arreglo a lo dispuesto en el art. 12, inciso 4° de la ley 48, como no importa en los casos comes en que ese fuero existe por razón de distinta vecindad.
Casos lo explican las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL SF. PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, 10 Octubre de 1912 Suprema Corte:
La excepción de incompetencia deducida es improcedente, y pido a V. E. asi se sirva declararlo.
Pretende el representante de la Provincia demandada que la constitución de un domicilio especial para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato de arrendamiento, importa la prórroga de la jurisdicción que corresponde a los Tribunales Federales, a mérito de la nacionalidad del actor.— Sin embargo, ello no puede sostenerse en presencia de las prescipciones contenidas en las leyes que rigen nuestra organización judicial, según las cuales para determinar la competencia de la justicia federal, debe atenerse únicamente a la calidad o situación propia de cada litigante,sin examinar las convenciones pac
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:8
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