E 362 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
administrativa de fs. 58, que tuvo la parte de lerho, en el con cepto de que ella era violatoria de varias disposiciones constitucionales (escrito de fs. 1 de los autos principa'es), aun cuando diera un calificativo erróneo a su petición. 
Que asi fo entendió la sentencia de primera instancia (fojas 158). porque después de manifestar que el juzgado no podia pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la ley de impuestos internos alegada como mridad, a causa de no estar comprendida entre las transgresiones u omisiones enimeradas por el ar tículo 509 del código de procedimientos en 'o criminal, sgregó que la vavidez de la ley 3761 había sido declarada por 'a Svprema Corte y surgía de varios fundamentos que se aducen en la anisma sentencia (fojas 160 vuelta).
Ce la cámara federal de Córdoba ecnfirmó por sus fundamentos e! fal'o mencionado (fojas 183 vuelta), de 17! suerte que existe en el caso, no obstante lo dicho en el auto de fs. 188 vuelta, desconocimiento de una exención que se pretende funda da enla Constitución Nacional y que se ha hecho valer durante el praceso fartizulo 22, código de procedimientos en lo eri mina).
En su mérito, oido el señor procurador genera", se declara mal denegada la apelación. y encontrándose los antos en el tribunal pónganse en secretaria por el término y ados efectos del articulo 8° de la tey 4055. — Notifíquese con el origina" y repóngase el papel, M. P. Darser. — D. E. Pañacio—L. LóPez CaBantn.nas, A. RERMEJO, en disidencia.— NICANOR G. DEL Sonar, en disidencia, Buenos Aires, Marzo 17 de 1914.
Autos y vistos: el recurso de queja por apelación denegada interpuesto por don Martín S. Nerho contra sentencia pronun
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:362 
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