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DE JUSTICIA DE LL. NACION 281 :
Por ello, fundamentos del auto de fs. 18 "ta,, y lo expuesto y pedido por el señor procurador general se declara :n haber lt:
gar a! recurso, Notifíquese original, repóngase el papel y ar:hivese, mandando copia autorizada de esta resolución a la cámara federal del Rosario.
A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL D. E. Paracio. — L. López , CABANILLAS, w CAUSA CCII | Ceballos Rodo'fo contra Mariano Valle jefe de policía de Jujuy, S por violación a la ley electoral. Recurso de hecho Sumario: No procede el recurso extraordinario para ante la Cor- a te Suprema de las resoluciones que se funden en la aprecia- -| ción de la prueba sobre puntos de hecho, ajenos a la inter- | pretación que pueda darse a alguna cláusula de la constitución o ley del congreso.
VISTA DEL PROCUR DOR GENERAL ñ : 1 Buenos Alres 21 de Junio de 1013. 4 Suprema Corte: 3 El recurso extraordinario traído ante V: E. en estos autos debe ser rechazado por las siguientes consideraciones : : 2 a a
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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:261
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