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ña a CAUSA CXXXVIII + Ne Ferrocarril Andino contra Bermúdez y Figueroa des Sumario: Es improcedente el recurso extraordinario cuando él qe se funda en prescripciones Jezales que no han sido motivo Ne de discusión ante los tribales inferiores, e FALLO DE LA CORTE SUPREMA E Si Pe Bueros Aires, Marzo 4 de 1913.
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Ne Vistos:
a El recneso de los articulos 6" de la ley 4055 y 14 de la míE mero 48, interpuesto por los señores Bermúdez y Figueroa con tra sentencia de la cámara federa" de Córdoba, que los condena ke en el juicio promovido por el ferrocarril Andino, a retirar el cerEo co construido por aquélos a un costado de la vía férrea mencioE nada, y e Considerando :
Que la empresa demandante funda <1 derecho en lo dispuesto por el articilo 56, inciso 37 de la ley veneral de ferrocarrites número 2873, que prohibe alos propietarios linderos a las vías férreas hacer cercos, ete, a menor distancia de veinte metros de las mismas, estando fos contraventores obligados a restablecer las cosas al estado anterior y responder por todos los perjuicios | ocasionados, Que los demandados, sin impugnar la disposición lega! in
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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:308
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