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Fallos: 116:278 de la CSJN Argentina - Año: 1912

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CE : FA
E 278 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA

CAUSA CXXX
Don Celestino L. Pera contra la provincia de Santa Fe, por cobro de pesos; sobre prueba Sumario: No puede juzgarse de la procedencia y eficacia de una diligencia de prueba, hasta el momento de dictarse el fatlo definitivo.

Caso: La demandada pidió el nombramiento de un escribano para que solicitara del ferrocarril Central Argentino se le exhibiera cuanta documentación existiera en la dirección de esa empresa, relativa al cobro de impuestos que le hubiera hecho la provincia de Santa Fe, y certificara sintéticamente dicho escribano, respecto de la existencia de esos documentos, especificaándolos todo lo posible, y especialmente de los avisos de valuación que se le hubiera pasado por la direc ción de rentas al expresado ferrocarril. El actor, considerando que se trataba de una prueba de carácter pericial, que debía practicarse dentro de las condiciones del artículo 142 de la ley nacional de procedimientos, pidió reposición de la providencia que acordó esa diligencia, y que se señalara audiencia para el nombramiento de peritos.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Febrero 15 de 1915.

Y vistos:

El mcidente de reposición promovido contra el auto de fojas r1 vuelta del cuaderno del demandado, encomendando al eseribano Pasel una diligencia de prueba, 4

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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:278 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-116/pagina-278

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