Fe FALLOS DE LA CORTE SUPREMA — y nal; se requiere que la decisión del pleito dependa de la E inteligencia que se dé a la cláusula constitucional invocada.
. 2". La interpretación y aplicación de la ley número 4855, a sobre impuestos a las herencias, no autorizan dicho reE curso, E Caso: Resulta del siguiente :
kl FALLO DE LA CORTE SUPREMA — 0) E Buenos Aires, Abril 30 de 1912.
E E Autos y vistos: El recurso de queja por apelación dene gada, interpuesto por don Carlos Diaz Vélez contra sentencia de la cámara segunda de apelaciones de la capital, en el inci dente sobre entrega de legados, del juicio sucesorio de don Eusí taquio Diaz Vélez-y su esposa.
Y considerando:
| Que para fundar su queja, el recurrente alega que, como E la ha sostenido en la causa, la interpretación dada por el tribunal al art. 5 de la ley núm. 4855, viola el art. 19 de la constituE ción, porque se le obliga a hacer lo que la ley no manda, E Que con arreglo a lo reiteradamente resuelto por esta corE te, para la procedencia del recurso extraordinario previsto en H el art. 48, no basta citar un precepto constitucional, como se b ha hecho en los escritos de fs. 232 y 251 de los autos remitidos por vía de informe, pues se requiere que la decisión del pleito, dependa de la inteligencia que se dé a la invocada cláusula P constitucional, (Fallos, tomo 100 pág. 17 ).
A Que en el caso, la solución de la controversia judicial ha 1 En 1 ANNA fecha y en idéntico sentido se falló el recurso interpuesto por don | Eugenio Díaz Vélez en los referidos autos.
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Año: 1911, CSJN Fallos: 115:342 
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