l CAUSA XI « Recurso extraordinario deducido de hecho por Gregorio Cá- nepa en autos con Domingo Barbé, sobre competencia.
Sumario : Es improcedente .el recurso previsto en el ar ° tículo 14 de la ley número 48 y en el 69 de la ley número ° 4055, cuando es deducido contra una sentencia que rechaza la procedencia del fuero federal invocado por el recurrente, fundándose en la falta de prueba de la distinta vecindad alegada, ó sea en un punto de hecho ajeno al recurso extraordinario. .
Caso: Lo explican las piezas siguientes: ' .
ACUERDO Y SENTENCIA DE LA CÁMARA DE APELACIONES , EN LO COMEROLAL DE LA CAPITAL Po. . Reunidos los señores vocales de la sala de acuerdos y traí dos para conocer los autos seguidos por don Domingo Barbé contra don Gregorio Cánepa, por cobro de pesos, se practicó la insaculación que ordena el artículo 256 del código de Procedimientos, resultando de ella- que debió votar en el orden "o siguiente : doctores Estévez, Saavedra, Méndez. Estudiados los autos la cámara planteó la siguiente cues— tión 4 resolver : 7 o ¿Es procedente en este caso la declinatoria opuesta por el ejecutado? > El doctor Estéves dijo: El ejecutado ha opuesto la excep- ' » ción de incompetencia de jurisdicción de los tribunales or dinarios de esta capital, Wosteniendo la: competencia de la ! justicia federal -de la misma, para conocer en este Juicio, fundándose en que como secretario del observatorio astro- .
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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:84
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