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Fallos: 111:317 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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° Que en su mérito y atenta la naturaleza é importancia ° . .- , del asunto, se regulan "os honorarios del doctor don José . .

.... "Foúrouge en la 'suma de nueve miil' pesos, quedando módifi- " " ° " . .. Cada en esta forma: la regulación de foja' 162.

Notifíquese priginal. . .

e - . A. BERMEJO — NICANOR G. DEL..." Ds . . Sorin — M. P. Daracr — ..

o e O MoYaso Gaorrúá. — (En — A - -disidencii) Octavio Bunor. o o E. . ° DISIDENCIA To o "Vistos e 7 — - - Considerando - , _ . .

- Que en vista de la - resolución de: la corte: de fecha 20 de gctubre de 1908; mo' es procedente la regulación de . honorarios que se solicita; así se declara. . Too - - - ° OCTAVIO Bunezr. o

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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:317 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-111/pagina-317

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