josas A la navegación y al comercio, no importan desconocer los derechos de los particulares 4 usar y gozar las cosas pertenecientes al dominio público.
" - .
Caso: Lo explican las piczas siguientes : .
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FALLO DE LA CORTE SUPREMA - .
Muevos Aires, Mayo 8 de 1909 Y vistos : - > . - El doctor Carlos Silveyra en carácter de apoderado del poder ejecutivo de la nación y de la empresa constructora del puerto del Rosario, se presentó ante el juez fedral comperente. exponiendo : ° Que por la ley nacional número 3885 declaróse de utili- .
dad pública la adquisición de los terrenos de propiedad privada que fuesen necesarios para la construcción y explota ción de un puerto comercial enla mencionada ciudad del a - Rosario de conformidad con los planos que aprobase el poder ejecutivo. debiendo la empresa gestionar la expropiación.
. Que después de otros trámites, el poder Ejecutivo de la ' nación celebró cl respectivo contrato con la empresa construciora de los señores Hersent et fils, Schneider y Cía.. .
Que el plano relativo al inmueblc especificado cn su presentación, existe firmado por el señor ministro de obras públicas en el expediente seguido por la empresa con el menor Luis Pinasco, ante el mismo juzgado; está hacia el sud de la línea que lleva la leyenda «línea sud», de la propiedad ' pretendida por el señor Silvetti; y se considera
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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:181
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-111/pagina-181
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