Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 110:452 de la CSJN Argentina - Año: 1908

Anterior ... | Siguiente ...

la ley 4055, pido á V. E, se sirva declarar bien denegado > el recurso interpuesto mandando devolver los autos como E.

corresponde, .

E + Julio Botet.

. , L

FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires Diciembre 24 de 1908, Autos y vistos: .

El recurso de hecho por apelación denegada, interpuesto por la empresa del ferrocarril Buenos Aires y Rosario, de sentencia pronunciada por el juez de 1.4 instancia de San .

Nicolás, provincia de Buenos Aires, en los utos promo" vidos por Pablo Gil y Compañía, sobre devolución de fletes. .

Y" considerando :

Que el auto apelado de foja 85, se funda en la autoridad ..

de la cosa juzgada que atribuye 4 la sentencia del juez de paz de Ramallo, corriente 4 foja 30; autoridad basada en principios de derecho común, cuya interpretación es ajena .

al recurso extraordinario previsto en el artículo 14 de la ley número» 48, según el artículo 15 de la misma ley ; de 9U93 Jopemaoid 10ves ¡a 10d opipad o uoo pepruojuo , .. Se declara bien denegado el recurso. - o Notifíquese con el originál y repuesto el. papel, archívese, - ° devolviéndose los autos remitidos por vía de informe, con testimonio de esta resolución. - . - , . A. BERMEJO —' Octavio o BUuNGE--C. M, GACITUA e, Le - . La

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

49

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1908, CSJN Fallos: 110:452 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-110/pagina-452

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 110 en el número: 452 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos