DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 145 a 3 CAUSA CI — - 7 tecurso estraordinario deducido por don Luciano de Muteo en - 4 autos con Enrique de le Villa y otros; sobre frlsificación de . r actas. . , E . . + Sumario: Es improcedente el recurso extraordinario autorizado p por los artículos 14, ley 48, y 6.9, ley 4055, cuando no se ha r — tratado, 'en el caso, de la inteligencia de una cláusula de la 3 ley electoral sino de la determinación de un hecho delictuoso. p . Do Caso: Lo explican las siguientes piezas: ° E. INFORME DE LA CÁMANA FEDERAL DE LA CAPITAL 4 , E Suprema Corte: - - E:
Evacuando el informé ordenado por V. E. en el recurso de 4 - hecho interpuesto por don Luciano de Mateo, en los autos, que . E — por infracción á la ley electoral, sigue á lós señores Enrique de E la Villa, Manuel Villaplana y Enrique M. Quintana 4 V. E. - E debo manifestar lo siguiente : - - ; El recurrente acusó á los señores nombrados por el delito de N e falsedad electoral calificada, cometido al- deszmpeñar las fun-, . - E ciones de escrutadores de la misa 9.1 en la sección 19 (Pilar), durante las elecciones de Marzo 8 ppdo. y - o |
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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:145
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