costas del juicio. Hágase saber original y repónganse los sellos.
Natunael Morcillo.
Apelada esta sentencia, fué confirmada por el siguiente Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Octubre 10 de 1871.
Vistos: por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja noventa y seis, y satisfechas y repuestos los sellos, devuélvanse.
SaLvaDon María DEL CAnnir. — FRANcisco DeLcaDo.—dosf: Bannos Pazos.
—ManceLixo Ucante.— dosí BB. Go
NOSTIAGA.
— e
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:15
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