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Fallos: 106:417 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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de una querella entablada por un Cónsul por calumnias é injurias inferidas por medio de la prensa.

Cuso:—Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Córdoba, Mago 22 de 1906.

Y vistos: Los aulos que por calumnias é injurias sigue Jon David Carreras contra don Vicente Sánchez; y resulta: Que ú fs. +41, se presenta don Davíú Carreras Sarier, en representación del señor David Carreras, exponiendo: Que su mandante dedujo acción por calumnia encubierta é injurias graves, contra el autor de uuns publicaciones anónimas firmadas con el pseudónimo de «Verídico» bajo el epígrate «Asunto ruidoso», «Tribuna libre», apiecidas en el diario «La Libertad» y cuyas publicaciones obran en autos. Que llevado el editor del diario á declarar ante el Juzgado de 14 Nominación en lo Criminal de la provincia, manifestó que el autor de ellas era Jon Vicente Sánchez, Cónsul del Perú con jurisdicción en las provincias de Córdoba y Santa Fé; y en virlud de revestir este carácter el sindicado como autor, á solicitud del querellante» aquel Juzgado declaró su incompetencia, pasando ú éste los autos. Quesiendo indiscutible la competencia de la justicia federal, viene á ratificar esa demanda contra don Vicente Sánchez con las modificaciones siguientes: 1° Que enel núm, 3117 del diario «La Libertad» se registra con el epígrafe «Tribuna libre» «Asunto ruidoso» la imputación calumbiosa que su representado ha acusado como calumnia encubierta y que la acción se deJujo así porque nose designaba el nombre de la persona ú quien se imputaba el delito de defraudación verilicado en la adiwinistración de los bienes de la señora Maria € s

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Año: 1906, CSJN Fallos: 106:417 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-106/pagina-417

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