0 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE pagos verificados en 28 de Noviembre de 1903, como por el — de 28 de Junio de 1904, por las sumas de $ 128 y $ 650 res.
— pectivamente, únicos que aparecen verificados bnjo protesta, desde que, en uno y otro caso, esos pagos se han exijido por el impuesto establecido por las leyes locales y por las hacienE das que se remitían desde el partido de General Rodriguez á la provincia de Santa Fé.
L Por estas consideraciones y de conformidad con lo expuesto Ey pedido por el señor Procurador General, se resuelve: Que r la provincia de Buenos Aires debe devolver al doctor Ber| uardo de Irigoyen, dentro del término de diez días, la suma | total de mil setenta y ocho pesos moneda nacional, ú que h asciende las partidas que aparece haber pagado, tajo. la ree serva de su protesta por el impuesto mencionado, sin especial |! condenación en costas, por no haber prosperado la demanda en todas sus partes. Hágase saber con el original y repuestos r los sellos, archívese.
L A. Benueso.—NICANOR G. DEL
E Soran.—M. P. Danacr.—C.
u Moyaxo GacitÚA.
E
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Año: 1905, CSJN Fallos: 103:302
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