alo Vall.08 UB La SUPREMA CORTE Estas son las razones que ha tenido esta Cámara para no hacer lugar al recurso de apelación para ante In Suprenis Corte interpuesto por los demandantes.
Es cuanto creo deber informar en este asunto.
A mayor abundamiento y por resolución de la Cámuri, mijunto lus autos del juicio principal en 35 fojas, Dios guarde al señor Secretario.
José Marrá,
PALLO DE LA SUPREMA CONTR
Huenos Aires, Septiembre 12 de ln):
Autos y Vistos: .
El recurso de hecho por apelación denegada interpuesto por los herederos de don Carlos M. Palacios, de senteñeia pronuuciada por la Cámara Federal de Apelación del Paraná en la causa sobre reivindicación seguido contra den J. 18. Jturraspe y otros.
Y Considerando:
1" Que del informe que precede y antos tenidos 4 In vista, resulta que la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación ú fs. 797, no importa una declaración de incompetencia para juzgar de las acciones entabladas por los reivindicantes.
Que la causa ha sido terminada y resuelta en cuanto nl fondo, siguificando, en substancia, esa sentencia, en la parte en que se refiere ú las resoluciones ejecutoriadas de la justicin provincial en causas de su exclusiva jurisdicción, la de claración de que carecían de acción para impuguarias, Ins mismas personas que en ellas habían sido ¡arte legítima.
3" Que esta declaración no se encuentra en ninguno de los ensus previstos por el artículo 6" de la ley 1055 ó artículo 14 de la ley de 1863, subre jurisdicción y competencia.
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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:410
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