DE JUSTICIA NACIONAL 18 dieran tener contra la Provincia de Corrientes, ni son mandatarios de aquéllos, y Que, por otra parte, los expresados Freitas y Gurgio no die ron poder á Don Benito Pérez, de quien es sustituto Don Vicente Sastre, para reclamar los derechos de las personas nombrads, sino los exclusivamente propios de les otorgantes y de la sociedad Freitas y Gurgio, Que liguran además en las gaías los Señores Félix Gurgio, Antonio Gurgio Celomeo y Recero, Manuel Bejarano, Tomás Caballero, Alem Falionero Gallardo, Baldomero Mac Keller, L Albino Romero, Pedro Pueel, Euyenio Artaza, Antonio Zavala, Consiantino Pizarello, Pedro Morello Juan Used, Pedro Speroni, Matías Saucedo é 1. Picazzo, sin que aparezca el motivo de haberse incluído en el cobro las enarenta y cuatro guías corres- pondientes á estos señores que no han dado poder, ni hecho eesión, ni producido acto alguno que autorice á los demandan- Y tes para presentarse como sus casas habitantes.
Que si bien en dos de Jas guías aludidas, las de Es. 35 y 36 .
aparece en el reverso la leyenda: «Endoso mi derecho a Jusé Gúrgio. Concordia 3 de Julio de 182, Félix Gurgio», este neto no tiene valor legal, ni en el poder se ha hecho referencia ú Úl, toda vez que los denandantes, se han limitado 4 | invocar los derechos que pudieran acordarles las escrituras públicas de cesión de acciones Que la suma demanduda de noventa y ocho mil cuatrocien- | tos treinta y seis pesos con setenta y un centavos moneda nacional, es superior en tres mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos con cuarenta y seis centavos, moneda nacional ú In que arrojan todas las guías acompañadas y el certificado otorgado por las autoridades de la Provincia de Entre-Rios.
Que en dichas guías hoy duplicadas, otras sin pago de de —-.
rechos y algun"s de au punto de la Provincia á otro, dela mis i a
Compartir
78Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1904, CSJN Fallos: 101:13
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-101/pagina-13
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 101 en el número: 13 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos