CAUSA CXXAHI
Don Julio Sehell'y »ontra el Gobierno Navionel. sobre eseriMración Sumario.—S de las "mensuras de las tierrns concedidas ú on particular por una ley especial del Congreso, como prima para la construcción de non obra pública y ú ubicar en tierra libre de un territorio nacional, resulta que aquellas hun sido ubicadas en parte, dentro de Ins que el Poder Ejecntivo, por la ley de 3 le Noviembre de 15?, se halla facultado explíeitamente para reservar en beneticio de la comunidad las áreas que el interés general de la fundación de pueblos a otros propósitos de orden público reclamasen, aquél puede, legitimamente, dejar sin efecto el decreto que aprobó la mensura y ordenó su escritaración; sin que pueda oponerse ñ esta conclusión la existencia de otro decreto aprobando la nbicación de esas Lierras, indicudda por el interesado, En el case se trataba de tierras situadas dentro de las del puerto de «Camarones:).
Cuso.— Lo explican las siguientes piezas:
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Nuenos Aires, Diciombre 3U de 1902, Y Vistos:
Para resolver este juicio seguido por don Julio Sehelkly contra el Gobierno Nacional, del que resulta:
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Año: 1904, CSJN Fallos: 100:431
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