Cabal apeló de'esta última resolucion, fundado en que el Juez de Seccion no debió imhibir todos sus bienes y en que ya no se trataba del juicio ejecutivo en que habia sido declarado contumas, por lo que tenia derecho de ser oido.
Habiéndose negado la apelación, ocurrió de hecho ú la Suprema Corte, y con el informe del Juez de Seccion, se dictó este Enlio de ta Suprema Corte.
fuenos Aires, Setiembre 30 de 1872.
Por lo que resulta del precedente informe, no ha lugar al recurso y archivese, SaLvapon Maria DEL CAnmr.— Francisco DELGADO. — los Banhos Pazos.—dJosé B. GORosTIAGA.
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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:456
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