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Fallos: 10:370 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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Seguida la causa contra los citados Scuba, se mandó sobreseer.

El defensor de ellos pidió se ordenase la entrega de cincuenta y tantos pesos fuertes, ropa y alhajas tomadas 4 los procesados y remitidos por el capitan del Puerto del Paraná.

Así se ordenó, y notificado el capitan del Puerto de Corrientes, contestó que el dinero lo habia dado en parte por pago de les pasajes y remolque, y las alhajas estaban en depósito en casa del Dr. Guastavino, quien en ese momento se hallaba en el campo.

A instancia del defensor, y del procurador fiscal, se dictó este:

Fallo del Juez Seccional.

Corrientes, Junio 10 de 1871.

Vista la solicitud del defensor da los procesados Francisco Augusto y Domingo Scuba, pidiendo se ordene al Capitan del Puerto entregar el dinero y alhajas que le fueron embargadas, y depositadas en la Capitanía, cuando se les redujo á prision, segun consta de la planilla que corre á f. 14, pasada á este Juzgado por aquel, y considerando ; 1° Que el Capitan del Puerto se ha negado á entregar el dinero referido, manifestando en el informe pasado por el oficial encargado de la Capitanía que corre á fojas 71 y 72, que con él se abonó el pasaje de los procesados, desde el Paraná donde fueron capturados, hasta esta Ciudad, y por lo que, respecto á las alhajas espresadas en el inventario, dice, que las entregará así que regrese su hermano á quien se las dió á guardar segun aparece del documento

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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:370 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-10/pagina-370

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