30 Las causas criminales deben ser sentenciadas dentro de diez dias, despues de llamados los autos y de terminada la audiencia sub-siguiente. :
Caso. — En la noche del 16 de Octubre de 1869, 4 consecuencia de una disputa, enla que se cambiaron insultos por una y otra parte, entre Bernabé Gonzalez y Antonio Costa, sobrevino una pelea, en la que el primero infirió dos heridas con enchillo al segundo, quien murió de resultas de una de ellas, Este hecho sucedió en la Isla de Pavon sobre la Costa le Patagones.
D. Luis Piedrabuena capitan del buque de la Marina Argentina «Espora» levantó un sumario sobre el hecho, que fué remitido al Juez de Seccion ocho meses despues.
El Juez de Seccion completó el sumario con las declaraciones de los testigos y confesión del acusado, de todo lo que resultó comprobada la muerte de Costa á consecuencia de las heridas inferidas por Gonzalez, resultando tambien probada la ilisputa 6 insultos que precedieron la pelea, así como el estado de embriaguez en que se hallaba el heridor, Pedida por el Procurador Fiscal contra Gonzalez la pena de 10 años de trabajos forzados, hecha la defensa, y pasado el término probatorio sin producirse prueba alguna dentro de él, se dictó el siguiente :
Eallo del Juez Seccional, Buenos Aires, Julio 10 de 1871.
Y vistos estos aulos seguidos contra Bernabé Gonzalez por homicidio cometido en la persona de Antonio 4. Costa
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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:335
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