Por esto en la Constitucion se hallan establecidas dos partes. La primera habla de los derechos y facultades de las Autoridades Nacionales; y la segunda de las que corresponden á los Gobiernos de Provincia ; pero, siempre bajo la base primordial de la exvistencia del pueblo argentino. Componiendo pues, un solo pueblo, ligados por unos mismos intereses, cada provincia se halla en el deber de deferir 4 los requerimientos que se les haga por las otras, pues tales actos no lastiman en ningun sentido las prerogativas provinciales.
Algo mas aun; por el artículo 67 de la Constitucion Nacional, in ciso 14, corresponde al Congreso dictar los Códigos civil, comercial, de mineria, etc., y corresponde su aplicacion é los Tribunales Federales ó provinciales, segun que las cosas ó las personas cayeren bajo sus respectivas jurisdicciones. El Código de Comercio es ley nacional por resolucion del Congreso, y 4 él deben someterse todas las autoridades de provincia, tanto en la decision de las causas como en los procedimientos ; pero, con arreglo 4 aquel Código, ley nacional el juicio de concurso como universal atrae 3 sí todos los incidentes; luego es indudable que el Juez de Comercio del Rosario debe cesar en lacausa particular que sigue contra el concursado Duboné, y cumplir con el exhorto.
Es necesario recordar, ademas, que el articulo 12, inciso de 10 de la ley del Congreso sobre jurisdiccion de los Tribunales Nacionales, ha reservado 3 los Juzgados de Provincia el conocimiento de todos los concursos y testamentarías.
La ley 144, Tit. 45, Lib. 20, R. de 1. que se cita para tachar la forma del exhorto, no es aplicable al caso presente, porque esa ley habla de ejecuciones y no de inhibicion de un Juez para entender en causas que no le competen.
En consecuencia de este escrito, se ordenó elevarse los autos a la Suprema Corte de Justicia Nacional para la resolacion de esta competencia.
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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:98
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