Fallo del Juez Seccional.
Mendoza, Noviembre 20 de 1867.
Vistos ° Cuando el decreto de 4 le Mayo del coriente año que se registra 4 foja...... mandó: que se retenga ó conserve Ja letra en cuestion en poder del Banco de Lóndres, ya la sudicha letra había pasado 4 D.. Cárlos M. Palacios el 43 de Noviembre de 1866 por endozo traslativo de dominio. Esta es la razon que tiene el apoderado de Palacios para oponerse al cumplimiento del exhorto, puesto (dícese), que por las mismas piezas que se acompañan á este, se comprueba muy bien, que la cuestion no es entre D, Cárlos Gorsse y el Banco de Lon+ dres, sinó entre. Palacios y el aceptante de la letra, que es Cereui y Cs.
Que por consiguiente, la excepcion de litis pendencia no es admisible en el presente caso.
Juzgo: que para calificar, si la excepcion opuesta es ó no atendible, no se debe tomar en cuenta á quien pertenece la cosa que se litiga, sinó si esta es disputada y entre guienes, y como es un hecho incontrovertible que D. Cárlos Gorsse sostiene, que esa letra le pertenece, formando un pleito en el Rosario, anterior al presente ;¿—Considerando que Gorsse y Ceretti es una misma persona jurídica, la cual figura tanto en el juicio promovido ex el Rosario como en esta, siempre en disputa de la letra que reclama la jurisdiccion Provincial. En uso del art. 14 de la ley de Setiembre de 1863 que trata sobre la jurisdiccion y competencia de los .Tribunales Nacionales que dice: «una vez radicado un pleito ante los Tribunales de Provincia será sentenciado y fenecido en la jurisdiccion Provincial.> ' Declaro :—Que habiendo prevenido el juicio la jurisdiccion Provincial de Santa Fé, ha lugar al exhorto librado el 12 de Octubre último, en su consecuencia, remitase la referida letra al Juez de 4 Instancia de la Ciudad y Departamento del Rosario con la nota correspondiente, Pulma.
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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:207 
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