ARTICULO 2747 del C.C. Velez Argentina


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    ARTICULO 2747 .- Cuando los lí­mites de los terrenos estén cuestionados, o cuando hubiesen quedado sin mojones por haber sido éstos destruidos, la acción competente a los colindantes es la acción de reivindicación para que a uno de los poseedores se le restituya el terreno en cuya posesión estuviese el otro.

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    ¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2747 con el Código Civil de Velez?

    Fallos de la CSJN relacionados al artículo 2747 del Código Civil (Vélez Sarsfield)
    - Fallos: Tomo 287 - Página 284
    - Fallos: Tomo 287 - Página 293

    Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
    LIBRO III
    - DE LOS DERECHOS REALES
    >>
    TITULO VIII
    - Del condominio
    >>
    CAPITULO IV
    - Del condominio por confusión de lí­mites
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    También puedes ver: Art.2747 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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