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ARTICULO 2744 .- Lo dispuesto en los artículos anteriores sobre paredes o muros medianeros, en cuanto a los derechos y obligaciones de los condóminos entre sí, tiene lugar en lo que fuere aplicable respecto de zanjas o cercos, o de otras separaciones de los terrenos en las mismas circunstancias.
Ver articulos: [ Art. 2741 ] [ Art. 2742 ] [ Art. 2743 ] 2744 [ Art. 2745 ] [ Art. 2746 ] [ Art. 2747 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2744 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO VIII
- Del condominio
>>
CAPITULO III
- Del condominio de los muros, cercos y fosos
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También puedes ver: Art.2744 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion